sábado, 20 de marzo de 2021

Acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la #COVID19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021



Medidas de obligado cumplimiento. 

1.1 Limitación de la movilidad territorial. La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. 

La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. 1.2 Limitación de movilidad en horario nocturno. 

Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas. 1.3 Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados. 

Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. 

En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes. 

Aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas en el apartado primero.1 de este acuerdo, serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía.

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